El domingo -24- Marzo, a las 21:30 por La Sexta, foto,.
La anomalía judicial de La Manada de Pamplona sacude los tribunales,.
El Supremo fija nuevos criterios para valorar el testimonio de la víctima, y los juristas esperan que clarifique la doctrina de la intimidación ambiental ,.
La diferencia ha sido la apreciación, o no, de la existencia de un factor. Ese factor es la intimidación ambiental. «Hay muchas sentencias de intimidación implícita o ambiental en los delitos contra la propiedad y ahora los tribunales usan este concepto, muy claro en cuanto a doctrina, como lo tendrían que haber usado siempre en agresión sexual», explica Norberto de la Mata, catedrático de Derecho Penal de la Universidad del País Vasco (EHU). «Puede que haya más sensibilidad individual por parte de los jueces, al entender que muchos casos pueden ser de intimidación ambiental. En ese sentido, la sentencia de La Manada de Villalba puede ser un punto y aparte. Significaría que hay otra sensibilidad social con respecto a determinados hechos».
Hace 20 años comenzó a cambiar la perspectiva en los delitos contra la libertad sexual
En ambos casos hay coincidencias. Por
ejemplo, en las dos manadas los miembros eran amigos de infancia; dos
pertenecían a las fuerzas armadas (Ejército y Guardia Civil);
acompañaron a su víctima bajo una apariencia amigable, hasta lograr
acorralarla. En ambas agresiones la víctima era muy joven; estaba sola;
le quitaron el móvil. También hay diferencias. Una se cruzó con sus
verdugos por casualidad; la otra, los conocía de su círculo de
amistades; una calló ante el avance de los predadores; la otra
exteriorizó inequívocamente su negativa; una, denunció de inmediato; la
otra, calló por miedo. «El caso de La Manada de Pamplona es una
sentencia muy peculiar que no representa el estado de la cuestión en la
jurisprudencia», afirma Manuel Cancio, catedrático de Derecho de la
Universidad Autónoma de Madrid (UAM). «Estos hechos probados que darían
lugar, sin duda alguna, a una condena de agresión sexual para la gran
mayoría de los juristas, ha conducido al abuso, que es algo que no
cuadra con la jurisprudencia actual. Lo trágico es que hace veinte años
empezó este cambio de perspectiva en estas infracciones, cuando se
condenó a maridos que violaban a su propia esposa o en casos en los que
la mujer violada era una prostituta, y se estableció el decálogo de
criterios, como que basta con la fuerza del agresor, haciendo
innecesaria la resistencia de la víctima».Un ambiente de terror
La evolución de la tipificación de esa violencia implícita del entorno comenzó con una sentencia de robo de 1985 que resolvió que existía una «situación ambiental» para causar un «temor racional». Pero hasta los noventa no se aplicó en delitos de violencia sexual, ni siquiera cuando el criminal robaba y violaba: la intimidación sólo se aplicaba para lo primero. En 1991, el Supremo cambió de criterio en cuanto a la amenaza y la resistencia, en un caso en que un reo «intimidó adecuadamente -dada su personalidad y circunstancias concurrentes- hasta amedrentarlo y conseguir sus propósitos» sexuales con otro interno. La doctrina pasó de requerir que la víctima tuviera una resistencia «seria, decidida y continuada» a que bastara con «que la fuerza o la intimidación sean suficientes para doblegar la voluntad».El concepto de «intimidación ambiental» se asentó con dos sentencias del Supremo casi consecutivas de 1999. En la primera mantuvo que «infundir el temor de sufrir un mal grave si no se accede a las pretensiones del agente» ya era una forma de intimidar. En la segunda apreció «actuación dolosa de quien es consciente del contexto intimidante en que se halla la víctima» en una situación de inferioridad. Diez años después dictaminó que «la presencia del grupo puede producir en la persona agredida un estado de intimidación ambiental». Así lo vieron dos jueces del Tribunal Superior de Navarra en la revisión del caso de Pamplona, cuyos votos particulares abogaban por la agresión sexual.
El caso de La Manada de Pamplona pasó la semana pasada al máximo tribunal. «Siempre habrá casos difíciles de distinguir y cabe esperar que el Supremo clarifique el asunto cuando se pronuncie», dice Cancio. «Estamos, obviamente, en un momento en el que existe un salto en la percepción de la situación de discriminación estructural que sufre la mujer, pero la jurisprudencia española, en cuanto a la prueba de la declaración de la víctima, está a la altura de las mejores de Occidente, aunque puede haber alguna sentencia que se salga de lo mayoritario».
El caso de La Manada de Villalba se sostuvo, al tardar cuatro meses la denuncia, en el testimonio de la víctima. Esta semana, el Tribunal Supremo fijó los criterios «orientativos» ante la declaración de las denunciantes en un proceso penal, a partir de un caso de violencia de género. El tribunal debe considerar la percepción de la seguridad durante el interrogatorio, la claridad y seriedad, el lenguaje gestual, la falta de contradicciones, concordancia de los hechos, ausencia de lagunas y la linealidad y expresividad del relato.
TITULO: CAFE GIJON - MANZANAS VERDES - Camacho a España en el partido de leyendas del centenario ,.
CAFE GIJON,.
Café Gijón - foto,.
MANZANAS VERDES - Camacho a España en el partido de leyendas del centenario ,.
MANZANAS
VERDES - Camacho a España en el partido de leyendas del centenario ,. , fotos .
Camacho a España en el partido de leyendas del centenario,.
Se jugará el domingo 24 de marzo, a las 18.00 horas, en Mestalla,.
El técnico italiano Claudio Ranieri dirigirá al equipo de leyendas del Valencia y el exseleccionador español José Antonio Camacho al de la selección española en el encuentro que este domingo se disputará en Mestalla para conmemorar el centenario de la fundación del club valenciano.Ranieri, que estuvo en dos etapas en el club valenciano, llevó al equipo a conseguir la Copa del Rey de 1999 y la Supercopa de Europa en 2004.
Camacho, además de haber sido seleccionador nacional, ha disputado numerosos partidos en Mestalla como jugador y como entrenador de diferentes equipos de Primera División.
Por el Valencia están convocados Bartual, Palop, Rangel, César, junto a los jugadores de campo Miguel Brito, Fabio Aurelio, Arias, Camarasa, Carboni, Voro, Marchena, David Navarro, Djukic, Giner, Curro Torres, Albelda, Roberto Fernández, Baraja, Farinós, Subirats, Fernando, Rufete, Kily González, Jorge López, Claudio López, Angulo, Vicente, Mista, Xisco y Juan Sánchez.
El equipo de leyendas de la selección española contará con Juanmi, Miguel Ángel Nadal, Romero, Milla, Engonga, Marcos Senna, Juanfran, Juan Carlos, Marcelino Elena, Otero, Amavisca, De la Red, Víctor Sánchez del Amo, Catanha, Salva Ballesta, Lobo Carrasco, Dani García Lara y Quique Estebaranz.
El partido dará comienzo a las 18:00, pero previamente, a partir de las 17:00, tendrán lugar los actos festivos previstos para conmemorar la efemérides, tal y como anunció Fernando Giner, presidente de la Asociación de Futbolistas del Valencia.
Giner explicó que el objetivo era llenar el campo para este encuentro y que ya se habían vendido 26.500 entradas, aunque esperaba llegar a las 40.000.
También anunció que alrededor de doscientos exjugadores que han pasado por el club de Mestalla acudirán al partido y saltarán al terreno de juego, aunque muchos de ellos no lo harán de corto.
No hay comentarios:
Publicar un comentario