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'Comando Actualidad' - Cesta de Navidad impuestas por ley,.
- Jueves 26 de diciembre, después de ‘Estoy vivo’, en La 1 / foto,.
Cestas de Navidad impuestas por ley,.
El Supremo da la razón a los empleados de Fujitsu, que recibirán el paquete de nuevo,.
El nuestro es el único país de Europa donde existe esta tradición de la cesta de Navidad que, en su opinión, no es una retribución en especie, sino más bien un «detalle» que tenían las empresas españolas con sus empleados, pero que después de las sentencias del Tribunal Supremo, «se lo pensarán más».
Y es que lo que para muchos es una gran satisfacción, para otros es una batalla que han llevado a los tribunales. El Supremo considera que las cestas de Navidad son un derecho adquirido por los trabajadores y que las empresas no pueden suprimirlo sin más si se han ido entregando durante muchos años. Desde que los sindicatos comenzaran a reclamarlas tras la salida de la crisis económica, el alto tribunal casi siempre ha dado la razón a los empleados.
El caso más reciente es el de los trabajadores de Fujitsu. La Sala de lo Social del Supremo acaba de confirmar el derecho de los 1.600 trabajadores de la empresa en España a recibir la cesta de Navidad a partir de 2016, es decir, que este año cada empleado recibirá tres de estos paquetes navideños o la cesta será de mayor valor este año. Incluso podría ser que se remunerara con un extra en la nómina de los trabajadores por los atrasos. Desde Fujitsu aseguran a este periódico que aún no está decidido y que se va a fijar una reunión con los representantes de los trabajadores «para acordar cómo acatar la sentencia». El tribunal considera que la reiteración en el tiempo de su entrega la convertía en una «condición más beneficiosa» del contrato de trabajo. Fujitsu alegó en 2013 un plan de reducción de costes para no entregarla y los sindicatos aceptaron la decisión, pero reclamaron la cesta a partir de 2014. Y es que ha quedado acreditado que desde el inicio de su actividad en España hace cerca de 50 años hasta 2012, la compañía había entregado a todos los empleados dicha cesta -menos en 1997 cuando se cambió por un cheque regalo-. Pero desde 2013 no se ha dado y los sindicatos lo impugnaron en 2014, 2015 y 2016. «El reparto de la cesta de Navidad no se produce por una mera tolerancia de la empresa, pero es evidente que, dado el volumen de la plantilla, esa entrega supone un desembolso económico que necesariamente tiene y debe ser aprobado y financiado, y, además, exige una determinada actividad de organización y logística», asegura la sentencia. En suma, indica el Supremo, estamos ante una «condición de trabajo que estaba incorporada al contrato de trabajo» y obligaba a la empresa.
Aunque esta sentencia no supone la fijación de un criterio general para todos los casos porque no siempre constituye un derecho adquirido de los trabajadores sino una mera liberalidad de la empresa, por lo que cada caso se debe ir reclamando por separado y la resolución será diferente dependiendo de las circunstancias, según recoge la propia sentencia. Este año el Supremo ha dictado cuatro sentencias en las que se considera que la entrega de la cesta de Navidad es una condición más beneficiosa, mientras que en una quinta resolución opinó al revés y negó la consolidación del derecho a su entrega por no estar acreditado la legislación laboral.
Cestas de Navidad: ¿Debo tributarla a Hacienda si me toca o me regalan una?,.
Tanto las cestas de empresa como las cestas de regalo deben incluirse en la Declaración de la Renta y pagar impuestos por ello,.
La Navidad ya está a la vuelta de la esquina. El encendido del alumbrado navideño en la mayoría de ciudades españolas y la decoración de escaparates y edificios hace que el espíritu navideño invada el ambiente entre las familias españolas.
Una de las tradiciones navideñas más populares es el regalo que las empresas hacen a sus empleados para felicitar estas fechas: la cesta de Navidad. Aunque su uso se redujo tras la época de la crisis económica de 2008, son muchas las empresas que a día de hoy envían una cesta a sus empleados en estas fechas.
Queso, vino, embutidos o paté son algunos de los productos típicos que incluyen las cestas y que pueden mejorar las cenas familiares. Sin embargo, hay un aspecto económico que muchos españoles no saben y que es importante conocer con respecto a la cesta de Navidad. La pregunta es: ¿se debe tributar por la cesta de Navidad?
Efectivamente sí. Los obsequios como este por parte de las empresas tributan a Hacienda y hay que pagar impuestos por ello, lo que afecta paralelamente a la empresa y al trabajador. Las cestas de empresa se consideran retribución en especie, es decir, una parte del salario del trabajador. Así, a efectos de la renta, el importe de dicha cesta (sea cuál sea) debería incluirse en la casilla “retribuciones en especie” en la Declaración de la Renta.
Impuestos para trabajadores y empresarios
Pero no solo tiene consecuencias para el trabajador, sino que también afecta directamente al empresario. Según la Ley del Impuesto de Sociedades, las cestas de Navidad solo son deducibles si se trata de una costumbre de la empresa, es decir, si es un hecho que se repite año tras año.
Por ese motivo, el primer año de funcionamiento de una empresa sería imposible deducirse este obsequio como gasto. Sí que se podría hacerlo a partir del segundo año, siempre que se refleje en las nóminas como retribución en especie, así como en las declaraciones trimestrales y anuales.
Otro de los tributos que las empresas deberían pagar es el IVA de los productos incluidos en la cesta. Esto no se considera un gasto de empresa, ya que, según la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido, no puede deducirse el impuesto de los bienes adquiridos para obsequiar a clientes, asalariados o terceros.
Sin embargo, hay un matiz al que pueden acogerse las empresas. Los obsequios publicitarios inferiores a los 95,15 euros sí que pueden desgravarse el IVA. Así, si la empresa regala a sus trabajadores una cesta con su logotipo, por un valor inferior a los 95,15 euros, podrá desgravarse el IVA de los productos incluidos ya que se entiende que sería un regalo publicitario.
Cuidado con el sorteo de macrocestas
Por otro lado, hay otro tipo de cestas de Navidad que tiendas, centros comerciales o plataformas online sortean entre sus clientes o seguidores a modo de obsequio. Según la ley del IRPF, este regalo sería una ganancia patrimonial y también debe ser declarado a Hacienda con el valor concreto.
En principio esto no sería un problema si la cesta recibida está compuesta por productos de alimentación como turrones o vino pero sí lo es si tiene productos valiosos. Es habitual que en los últimos años diferentes plataformas online ofrezcan este tipo de macrocestas con electrodomésticos, coches o incluso lingotes de oro.
Imagina que compras una participación por un bajo precio para esta macrocesta y, meses después, tienes que declarar a Hacienda por haber recibido lingotes de oro. En este caso es importante que el participante conozca el valor y las condiciones de la cesta navideña. Si no lo hace, puede tener problemas posteriores que empañarán su alegría por recibir este regalo navideño.
Algo así le ocurrió a Víctor Brun, el ganador de una macrocesta que el restaurante de Calamocha (Teruel) sorteó en 2014. Brun recibió una cesta con dos coches de alta gama, una moto, dos lingotes de un kilo de oro y 14 lingotes de un kilo de plata, valorado en casi 300.000 euros.
Víctor Brun desconocía que debía tributar por este premio y, al cabo de un tiempo, Hacienda se puso en contacto con él: tenía que pagar más de 100.000 euros por no haber abonado los impuestos correspondientes a tiempo. Pero el problema no acaba aquí, Brun había vendido todos los artículos por un precio inferior al valor de mercado y en el momento de tener que pagar los 100.000 euros a Hacienda no contaba con liquidez para hacer frente a la deuda. Sin duda, un regalo envenenado.
TITULO: EN PORTADA CRONICAS MUJERES VIAJERAS - El Rastro de Madrid , jueves -26- Diciembre .
El jueves -26- Diciembre a las 23.45 en La 2 de TVE RTVE / foto ,.
El Rastro de Madrid,.
Crónicas' recuerda la historia de El Rastro de Madrid,.
- El programa ofrece un recorrido por este conocido mercado madrileño que nació hace 400 años
- Dos de los protagonistas del reportaje, el ceramófilo Vicente Carranza y el cantatutor Patxi Andión, nos han dejado en el 2019.
‘Crónicas’ estrena esta semana el reportaje ‘El Rastro del tiempo’ en el que recuerda la historia de El Rastro de Madrid, un mercadillo al aire libre que se celebra los domingos y festivos en el centro histórico del barrio de La Latina y que nació hace 400 años. Su origen se encuentra en la actividad de los ropavejeros que acudían a la zona para vender ropa usada. Más tarde se situaron allí las curtidurías por la cercanía del matadero, hasta convertirse en un gran mercado en el que se puede encontrar tanto objetos cotidianos como artilugios de todo tipo.
El Rastro de Madrid aguanta estoico el paso del tiempo. Es otro monumento de los que adornan la capital. Cuando el barrio se convirtió en un enjambre comercial, con zapateros, carniceros, tahonas, quincalleros…, comenzó a celebrarse un mercado nutrido de oferta y demanda, y aparecieron los chamarileros y los anticuarios.
Hace dos siglos comenzó a celebrarse el mercado de los días festivos, pero hasta finales de las últimas décadas del pasado siglo, aún se levantaban puestos callejeros a diario. Actualmente, a la algarabía dominical le sucede un vacío de calles lánguidas.
Si en cada festivo El Rastro atrae cerca de 100.000 personas que reparten curiosidad y bullicio por las tiendas y puestos callejeros, entre semana reina el silencio en un paisaje con más persianas bajadas que abiertas. Los comerciantes añoran los buenos tiempos.
Puede que no encuentres lo que busques, pero en el Rastro siempre encuentras algo. En eso, nada ha cambiado.
‘El Rastro del tiempo’ es un reportaje con guion de Juantxo Vidal; realización de Arturo Villacorta; imagen de Montse Junquera; sonido de José Ángel Ruíz Maraña; montaje de Txomín Várez; sonorización de Curro Escribano; ambientación musical de José Luis Ayuso; smoke de David Bardom; documentación de los Servicios Informativos de TVE; y producción de Ana Pastor y Lourdes Calvo.
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